Decreto de amnistía publicado: Presidente podrá otorgar amnistía de manera directa

Nación sábado 15 de junio de 2024 - 10:22


Este viernes 14 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que adiciona un artículo 9 a la Ley de Amnistía, otorgando al titular del Ejecutivo federal la facultad de conceder el beneficio de la amnistía de manera directa.

“Por determinación exclusiva de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal se podrá otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido en este ordenamiento”, indica el nuevo artículo.

El decreto especifica que, en casos específicos, se deben cumplir ciertas condiciones para la amnistía: “Que la amnistía se otorgue a personas que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado Mexicano, y que en contra de la persona o personas a las que se conceda la amnistía, se haya ejercido la acción penal, estén siendo procesados o se encuentren sentenciados por cualquier delito”.

Además, el decreto señala que “en los casos a que se refiere esta disposición no será aplicable lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Ley. La amnistía concedida en términos de lo dispuesto por este artículo extinguirá las acciones penales y las sanciones impuestas”.

El nuevo artículo entrará en vigor este sábado, un día después de su publicación en el DOF. El Presidente de la República tendrá la facultad de emitir los acuerdos necesarios para la aplicación de las disposiciones contenidas en el decreto.

Este cambio en la Ley de Amnistía representa un significativo poder otorgado al Ejecutivo federal, permitiendo que, bajo su determinación exclusiva y sin el procedimiento regular, se pueda otorgar amnistía en casos considerados relevantes para el Estado Mexicano.


Foto por Cuarto Oscuro 

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MM/CR

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