Estas alcaldías aplicarán Ley Seca en CDMX por Semana Santa y las multas pueden superar los 280 mil pesos
Ciudad sábado 12 de abril de 2025 - 16:22
Para garantizar la seguridad y el orden durante las celebraciones religiosas, varias alcaldías de la Ciudad de México implementarán la Ley Seca durante Semana Santa 2025, que se celebrará del 13 al 20 de abril. La medida incluye restricciones en la venta de bebidas alcohólicas en tiendas, vinaterías, supermercados y establecimientos similares, conforme a la Ley de Establecimientos Mercantiles de la CDMX.
Entre las demarcaciones que confirmaron la aplicación de esta disposición se encuentra Gustavo A. Madero, donde se suspenderá la venta de alcohol el jueves 17 y viernes 18 de abril, de 00:00 a 24:00 horas. La restricción aplicará en colonias como Cuautepec de Madero, La Malinche y Gabriel Hernández, entre otras. Los restaurantes podrán servir bebidas alcohólicas únicamente como complemento y dentro de su horario autorizado: de 9:00 a 2:00 del día siguiente.
En Magdalena Contreras, la prohibición estará vigente desde el 17 hasta el 19 de abril, afectando todos los establecimientos comerciales, incluyendo servicios a domicilio. Por su parte, Milpa Alta definió diferentes fechas dependiendo del pueblo y la celebración específica, comenzando el 11 de abril y extendiéndose hasta mediados de mayo.
La alcaldía Xochimilco también activará la Ley Seca durante varios eventos, como la Feria de la Nieve en Santiago Tulyehualco, del 12 al 21 de abril, y diversas fiestas patronales entre el 24 de abril y el 11 de mayo en barrios como San Marcos y Santa Cruz Xochitepec.
En Iztapalapa, la venta de alcohol estará restringida en el pueblo de San Lorenzo Tezonco los días 6, 13, 20, 26, 27 y 28 de abril, así como el 5 de mayo. Mientras tanto, en Tláhuac, se aplicarán restricciones en comunidades como San Francisco Tlaltenco y San Pedro Tláhuac en fechas que abarcan del 30 de marzo al 4 de mayo.
El incumplimiento de esta normativa puede derivar en sanciones económicas severas. De acuerdo con el artículo 66 de la Ley de Establecimientos Mercantiles, las multas pueden oscilar entre 351 y 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 39,712 hasta 282,850 pesos. Además, el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública puede ser castigado con multas de hasta 3,394 pesos, conforme a la Ley de Cultura Cívica.
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JM/CR
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