Suprema Corte avala facultades de proveedores en línea para retirar contenidos
Nación miércoles 29 de mayo de 2024 - 09:35
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció, por mayoría de ocho votos, a favor de la validez de las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, que facultan a los proveedores de servicios en línea, como Facebook, a retirar, inhabilitar o suspender unilateralmente contenidos que puedan constituir violaciones a los derechos de autor, obligaciones contractuales u otras disposiciones legales aplicables.
En la presentación del proyecto, el ministro Javier Laynez Potisek propuso declarar inconstitucional dicha facultad, argumentando que podría generar arbitrariedades por parte de los proveedores de servicios en línea. Laynez Potisek destacó la falta de claridad sobre los motivos, razones o circunstancias que deben considerarse para dar de baja una publicación por supuesta violación de derechos de autor.
Por otro lado, la ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció en contra del proyecto de Laynez Potisek y a favor de reconocer la validez de las disposiciones impugnadas. Esquivel Mossa argumentó que el mecanismo para inhabilitar materiales digitales no solo busca la protección de los derechos de autor, sino que también tiene como objetivo impedir la difusión de contenidos que contravengan mandatos legales expresos, como discursos de odio o pornografía infantil.
“La facultad otorgada a los proveedores de servicios en línea está encaminada a evitar infracciones a las obligaciones que surgen de los contratos de adhesión que los usuarios aceptan al suscribirse a las plataformas,” afirmó Esquivel Mossa.
A favor de la validez de las normas se pronunciaron los ministros Alberto Pérez Dayán, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Margarita Ríos Farjat. En contra, votaron los ministros Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Juan Luis González Alcántara Carrancá, quienes abogaron por la invalidez total del sistema. La ministra Lenia Batres Guadarrama se pronunció por la invalidez parcial de la norma.
La decisión de la SCJN confirma que los proveedores de servicios en línea tienen la facultad de actuar contra contenidos que consideren infringen derechos de autor u otras disposiciones legales, lo cual sigue generando debate en torno a la libertad de expresión y la protección de los derechos digitales.
Foto por Cuarto Oscuro
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MM/CR
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