Columnas
Avanzo sobre la iniciativa presidencial de febrero pasado, ahora en materia de partidos políticos. Lo primero que hay que destacar es que habría nuevos partidos cada 3 años en lugar de cada 6, como está hoy la norma constitucional.
Lo segundo, que la autoridad electoral solamente podría intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos para el efecto de la reposición de procedimientos por violaciones a su normativa interna o a derechos de la ciudadanía; y en ningún caso podrían resolver nombrando dirigentes y candidatos.
En tercer lugar, la iniciativa propone reducir a la mitad el financiamiento público a los partidos políticos tanto para sus actividades ordinarias como para el gasto de campañas.
En cuarto, sobre la obtención de recursos privados, tanto para gastos ordinarios como para campaña, la propuesta de AMLO dispone que los partidos identifiquen y reporten la fuente de todo recurso obtenido, sin exceder los topes señalados en la ley; que dichos recursos no serán deducibles de impuestos; que una misma persona física no podrá donar a más de un partido o candidatura independiente en un año calendario y se prohíbe expresamente destinar a gastos de campaña o al pago de deudas contraídas para cubrir procesos electorales anteriores los recursos obtenidos para el sostenimiento de actividades ordinarias.
En quinto sitio, en materia del acceso de los partidos a radio y tv, la propuesta mantiene la regla de los 48 minutos diarios en cada estación de radio y canal de televisión a los partidos políticos, pero adiciona expresamente candidaturas independientes y a laautoridad electoral. La novedad es que se asignaría el 90% de dichos tiempos a partidos e independientes y el 10% al Instituto para la difusión de mensajes informativos relacionadas con la contienda electoral.
Ahora bien, del tiempo asignado a partidos, candidaturas independientes y “otros cargos de elección popular”, 30 minutos será para los partidos políticos e independientes en función de su desempeño en la elección de diputaciones federales previa; 9 minutos entre las candidaturas de Consejerías del nuevo Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC), Magistraturas de la Sala Superior del TEPJF, Ministras y Ministros de la SCJN y Magistraturas del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial (con campañas de 60 días de duración); y otros 9 minutos a la difusión de los procesos de revocación de mandato y consulta popular.
Dice la iniciativa presidencial que cuando estos últimos procesos de elección y consulta no concurran con la elección federal, el tiempo correspondiente se otorgaría a los partidos políticos hasta alcanzar el 85% de los 48 minutos referidos. Asimismo, se mantiene la regla que prohíbe a cualquier persona, incluidos los partidos, precandidaturas y candidaturas, adquirir por si o por terceros tiempos en radio y televisión. Le cuento más en entregas posteriores.
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