A fin de tipificar el delito de fraude por colisión vehicular o “montachoques”, e imponerle una pena de 4 a 8 años de prisión y multa de 500 a mil veces la Unidad de Medida y Actualización, el diputado Emilio Manzanilla Téllez (PT) plantea reformar el artículo 390 Ter del Código Penal Federal y adicionar un artículo 69 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
La iniciativa establece que comete el delito de fraude por colisión vehicular quien o quienes, con el propósito de obtener un beneficio económico indebido, provoque intencionalmente una colisión de tránsito, con el fin de engañar, amenazar o extorsionar a la víctima para obtener dinero o cualquier otra contraprestación.
La pena aumentará hasta en una mitad cuando se emplee violencia física o moral contra la víctima, se actúe de manera organizada con dos o más personas, se utilicen documentos o identidades falsas para facilitar la comisión del delito, y participe en el hecho un servidor público, quien además será inhabilitado para ocupar cargos públicos por un período de cinco años.
Plantea que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en coordinación con las autoridades estatales y municipales, implementen campañas de prevención y concientización dirigidas a la ciudadanía sobre los riesgos y medidas de protección ante el delito de fraude por colisión vehicular o “montachoques”.
Además, las autoridades en materia de seguridad vial deberán establecer protocolos de atención para los automovilistas que sean víctimas de este delito, garantizando su protección y el acceso a la denuncia en condiciones seguras.
El documento, enviado a las comisiones unidas de Justicia y de Movilidad, expone que en los últimos años ha surgido una nueva modalidad delictiva que atenta contra la seguridad de los automovilistas en México: el “fraude por colisión vehicular” o “montachoques”, el cual consiste en la provocación intencional de accidentes de tránsito para extorsionar a los conductores involucrados, exigiendo pagos en efectivo bajo amenazas, engaños o uso de la violencia.
Indica que este tipo de delitos no está tipificado de manera específica en el Código Penal Federal, lo que limita la capacidad de las autoridades para perseguir y sancionar a los responsables de manera eficaz; por ello, es necesaria establecer un marco normativo adecuado que permita sancionar el delito, prevenir su comisión y brindar protección a las víctimas.
El “fraude por colisión vehicular” ha experimentado un alarmante incremento en distintas entidades del país, especialmente en el Estado de México, donde se han identificado múltiples denuncias de automovilistas que han sido víctimas de esta modalidad delictiva, advierte.
Según información del Consejo Ciudadano para la Seguridad y la Justicia de la Ciudad de México, entre 2020 y julio de 2023 se recibieron 67 reportes relacionados con este tipo de extorsiones, pero se estima que la cifra real es mucho mayor debido a la falta de denuncias por parte de las víctimas, quienes muchas veces prefieren no proceder legalmente por temor a represalias.
En el Estado de México la situación es crítica y de acuerdo con datos de la Secretaría de Seguridad, municipios como Ecatepec, Tlalnepantla, Naucalpan, Toluca y Zinacantepec, han registrado una alta incidencia de estos delitos. La entidad ocupa el segundo lugar a nivel nacional con 95 casos registrados en lo que va del año.
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