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INAI ordena al Infonavit divulgar detalles de auditorías de subcuentas de vivienda de derechohabientes fallecidos

INAI ordena al Infonavit divulgar detalles de auditorías de subcuentas de vivienda de derechohabientes fallecidos

Nación lunes 01 de julio de 2024 -


El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) a divulgar información detallada y los resultados de auditorías realizadas a las subcuentas de vivienda de derechohabientes fallecidos.

La orden surge a raíz de una solicitud realizada por una persona que requirió al Infonavit información específica sobre el número de derechohabientes fallecidos con saldo positivo en sus subcuentas, quién puede reclamar estos fondos, el manejo de los fondos no reclamados y los resultados de auditorías realizadas.

Inicialmente, el Infonavit respondió proporcionando datos estadísticos generales y señalando que los montos permanecen en el Fondo Nacional de la Vivienda hasta ser reclamados. Sin embargo, la solicitante se mostró inconforme y acudió al INAI, argumentando que la información no se desglosó por estado ni se detallaron las auditorías, lo cual impide una evaluación clara de las medidas de control y transparencia.

El equipo de la comisionada Norma Julieta del Río Venegas determinó que el Infonavit no había remitido la solicitud a su contraloría general ni proporcionado detalles de las auditorías. "Es crucial que la ciudadanía conozca, a través del derecho a saber, esta información de impacto social en la vida de todos los beneficiarios y sus familias", afirmó la comisionada Del Río Venegas.

El pleno del INAI, por unanimidad, modificó la respuesta del Infonavit e instruyó al instituto a realizar una nueva búsqueda en las áreas competentes, incluyendo su contraloría general, y entregar la información solicitada.

Además, en días recientes, el INAI también dispuso que el Infonavit deberá informar sobre los créditos catalogados como "deudas impagables". Esto incluye proporcionar la definición de este término, los criterios utilizados para clasificar una deuda de esta forma y las acciones que los derechohabientes pueden implementar cuando enfrentan esta situación.

La decisión se tomó después de que el solicitante se inconformara con la respuesta inicial del Infonavit y recurriera al INAI, argumentando que el instituto no había atendido todos sus requerimientos. El equipo de la comisionada Del Río Venegas concluyó que la búsqueda de información realizada por el Infonavit no fue exhaustiva ni congruente y consideró que las subdirecciones generales de Gestión de Cartera, de Planeación Financiera y Fiscalización, y de Crédito pueden responder adecuadamente a la solicitud de información.





Foto por Cuarto Oscuro

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MM/CR

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