Varias entidades comenzaron a aplicar la llamada Ley Malena, la cual castiga los ataques con ácido hacia las mujeres.
La Ley Malena está inspirada en la saxofonista de Oaxaca, María Elena Ríos, quien fue atacada con ácido por el exdiputado priista Juan Antonio Vera Carrizal, cuyo caso no ha sido resuelto todavía.
Hace unos días, el Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma de Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia para incluir el concepto de “violencia ácida”. El Código Penal local fue reformado para que los ataques con ácido sean castigados con una pena de entre 8 y 12 años de prisión.
Estados que aplican la Ley Malena
Aguascalientes
El Artículo 107 del Código Penal local apunta que las lesiones dolosas serán consideradas como calificadas cuando sean por mutilación, con sustancias corrosivas o se hayan cometido en los órganos genitales o glándulas mamarias de la víctima. Será castigado el o los responsables con la sentencia de tres a ocho años de cárcel, dependiendo de las lesiones y si está o no en peligro la vida de la víctima.
CDMX
El Artículo 130 del Código Penal local estipula que los responsables tendrán de ocho a 12 años de cárcel a quien agreda con ácido a una mujer. Además, incluye que las penas aumentarán en una mitad cuando se cause deformidad en el rostro, haya daño órganos o en el caso de que la víctima sea niño, niña, adolescente o persona con discapacidad.
Será considerado feminicidio en grado de tentativa, si el daño físico es permanente o si afecta a los órganos reproductores sexuales. En este caso, las penas podrían alcanzar hasta los 30 años de prisión. La reforma del texto incluye multas de 300 a 700 veces la unidad de medida para “quien cause un daño en la integridad física o salud, utilizando diversas sustancias y/o compuestos químicos, que provoquen lesiones internas, externas o ambas”.
Se contempla la reparación de las lesiones de las víctimas ocasione la pérdida de cualquier función orgánica (de un miembro, órgano o de alguna facultad), o cause alguna enfermedad incurable o una deformidad a la víctima. Incrementando la pena al doble de lo antes mencionado si fueron empleadas sustancias corrosivas químicas de cualquier tipo, de acuerdo con el Artículo 131, siendo una pena de cinco a diez años de prisión y de cien a doscientos días multa.
Hidalgo
La legislación local suscribe una pena por lesiones cometidas que no pongan en peligro a la víctima de nueve meses hasta 10 años de cárcel. Asimismo, si se lesiona dolosamente a una mujer se aumenta una tercera parte a la sentencia por la lesión inferida y se duplica si se usa algún tipo de sustancia corrosiva química.
Oaxaca
El Código Penal local castiga a quien lesione el cuerpo de una mujer por razón de género, con cualquier tipo de agente físico o sustancia corrosiva química con una pena de 20 a 30 años de cárcel y una multa de doscientas a quinientas veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.
En diciembre de 2023, el Congreso de Oaxaca aprobó la iniciativa de reforma a la fracción II del artículo 7 de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, para reconocer los ataques con agentes químicos como un tipo de violencia física.
San Luis Potosí
La ley del Estado estipula un castigo de los siete a los 14 años de cárcel a quien cause lesiones a una mujer en razón de su género. La pena puede aumentar en dos tercios cuando las lesiones sean provocadas por sustancias corrosivas químicas.
Puebla
En marzo de 2023 el Congreso de Puebla aprobó por unanimidad la Ley Ácida, la cual contempla reconocer a las agresiones hechas con ácidos como un tipo de violencia por “sustancias químicas”, e imponer una pena de 26 a 40 años de prisión a los agresores y en especial, catalogar como tentativa de feminicidio estos ataques.
Estado de México
El Código Penal local señala en el Artículo 238 que “cuando las lesiones se produzcan dolosamente mediante el uso de ácidos, sustancias corrosivas, o químicas o flamables, se aplicarán de cinco a 10 años de prisión y de cien a doscientos días multa”. Sin embargo, no es contemplado como tentativa de feminicidio.
Imagen: Cuartoscuro