El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció la ampliación del plazo para que los contribuyentes habiliten el Buzón Tributario, una obligación fiscal que ahora podrá cumplirse hasta el 31 de diciembre de 2025. Originalmente, la fecha límite estaba programada para el 1 de enero de ese mismo año.
El SAT advirtió que, una vez vencido este nuevo plazo, quienes no cumplan con el requisito serán sujetos a una multa de 11 mil pesos. Este trámite, obligatorio desde 2020, incluye habilitar el Buzón Tributario y mantener actualizados los medios de contacto registrados, como correo electrónico y número celular.
Entre los contribuyentes exentos de esta medida se encuentran personas físicas y morales con situación fiscal cancelada o suspendida, personas físicas sin actividad económica o sin obligaciones fiscales, y aquellos asalariados cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan superado los 400 mil pesos.
El Buzón Tributario es una herramienta diseñada para facilitar la comunicación entre el SAT y los contribuyentes. A través de este portal privado, se reciben notificaciones electrónicas de actos administrativos y otros mensajes de interés de manera ágil y segura.
Para habilitarlo, los contribuyentes deben ingresar al portal oficial del SAT, iniciar sesión con su RFC y contraseña o e.firma vigente, y registrar un correo electrónico y un teléfono celular en la sección de Configuración de medios de contacto.