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SCJN niega Amparo a refresquera contra etiquetado frontal en alimentos y bebidas

SCJN niega Amparo a refresquera contra etiquetado frontal en alimentos y bebidas

Nación martes 09 de abril de 2024 -

Claudia Bolaños

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que la Norma Oficial Mexicana para el etiquetado frontal de alimentos y bebidas procesadas es constitucional y no viola la libertad de comercio, como lo consideró una empresa refresquera.
Al exponer el proyecto que estuvo a su cargo, la Ministra Yasmín Esquivel señaló que resulta válido que las disposiciones reclamadas sean aplicables sólo a los productos preenvasados, y no así a los alimentos y bebidas envasados en punto de venta o vendidos a granel.
Explicó que estos últimos pueden ser modificados en cuanto a su contenido, además de que su composición cambia de acuerdo con la cantidad que compre el consumidor, mientras que los productos preenvasados ya contienen gramajes establecidos con los cuales se puede ver la cantidad exacta de los ingredientes y si son dañinos para la salud.
Bajo esa línea, Yasmín Esquivel concluyó que eran infundados los argumentos de la empresa sobre que las normas impugnadas supuestamente estigmatizan y discriminan a sus productos al tener que utilizar el etiquetado frontal de advertencia.
Además, fue enfática en que el nuevo sistema de etiquetado tampoco afecta la libertad de trabajo, máxime que con ello se persigue una finalidad constitucional, como lo es mejorar las condiciones de salud de los mexicanos y combatir el sobrepeso.

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JA/CR

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