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“Anteprecampañas”, reglas y autoridades electorales

“Anteprecampañas”, reglas y autoridades electorales

Columnas jueves 10 de agosto de 2023 -

Feliz cumpleaños Jock.
Me llenas de orgullo, canijo.

Como referí en entrega previa, el miércoles 19 de julio el Tribunal Electoral ordenó al INE expedir lineamientos para regular y fiscalizar los procesos partidistas en curso para seleccionar personas dirigentes de esos movimientos políticos; tanto el agrupamiento de oposición como el de Morena y aliados deberían sujetarse a las reglas que el Instituto emitiera.

El Tribunal dispuso que el INE expidiera, a más tardar el pasado 26 de julio, como lo hizo en larga sesión vespertina en el borde del cierre del plazo, dichos lineamientos atendiendo ciertas bases o parámetros mínimos visibles en la propia sentencia.

Por ejemplo, en materia de financiamiento disponen que los partidos podrán emplear su financiamiento público ordinario para el conjunto de gastos de organización de sus Procesos Políticos, con excepción de los recursos destinados a actividades específicas y para el liderazgo de las mujeres.

En materia de financiamiento privado se dispuso que el límite individual de aportaciones de personas que participen como aspirantes en los Procesos Políticos, en dinero o en especie, a sus propias actividades de posicionamiento, será la cantidad de 2.14 millones de pesos y que las aportaciones en dinero o en especie por parte de las y los militantes y simpatizantes, distintos a las personas inscritas o participantes referidas, tendrán un límite individual de un poco más de medio millón de pesos.

Además, que los partidos deberán establecer los topes de gastos que cada Persona Inscrita en su Proceso Político podrá aplicar a los gastos directamente vinculados a ella, mismos que en ningún caso serán superiores a la cantidad de 34.3 millones pesos por Persona Inscrita.

Finalmente, sobre intervención de personas servidoras públicas en estos procesos políticos, los lineamientos mandataron solo que éstas deberán abstenerse de participar en dichos procesos en cualquier forma que pudiera implicar una vulneración a la equidad, sin pronunciarse sobre si debían separarse o no de sus cargos, imprecisión interpretada como permiso para permanecer en su puesto.

Expedidos los lineamientos, Morena, PRI, PAN y PRD presentaron impugnaciones. En la sesión de resolución, del pasado 9 de agosto, Magistradas y Magistrados se dolieron de la enésima filtración a medios del proyecto y uno de ellos informó haber presentado queja o denuncia ante el Órgano Interno de Control.

Luego de una interesante deliberación, el Tribunal resolvió confirmar los lineamientos en lo general, pero ordenó algunas modificaciones, varias de entidad superlativa, que comentaré en momento posterior por tener implicaciones de constitucionalidad y convencionalidad.

Arrancan, entonces, las anteprecampañas, que ya tienen su propia normativa, validada jurisdiccionalmente. Ya veremos los efectos en el proceso electoral… y en la reforma electoral que viene.

Esta es mi columna #500. Gracias a Contraréplica por el espacio, la paciencia, la confianza, la amistad y la buena fe. Vamos por otras 500.

@ElConsultor2
gsergioj@gmail.com


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/CR

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