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CDMX, demarcaciones territoriales y alcaldías

CDMX, demarcaciones territoriales y alcaldías

Columnas lunes 04 de febrero de 2019 -

Con la reforma política del 29 de enero de 2016 de la hoy denominada Ciudad de México y de acuerdo con la publicación de su primera Constitución en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2017, la organización y Gobierno de la capital vivió un gran número de cambios, siendo uno de los de mayor relevancia la transformación de sus entonces 16 Delegaciones Políticas.

Dicha Constitución Política, en su artículo 52, define a las demarcaciones territoriales como la base de la división territorial y de la organización político administrativa de la Ciudad de México y serán autónomas en su gobierno interior, el cual estará a cargo de un órgano político administrativo denominado alcaldía.

De tal suerte que las demarcaciones se conforman por habitantes, territorio y autoridades democráticamente electas. Asimismo, considera entre otros elementos, criterios de población; configuración geográfica; identidades culturales de las y los habitantes; reconocimiento a los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes; factores históricos y número y extensión de colonias, barrios, pueblos o unidades habitacionales.

Actualmente, la Ciudad de México está integrada por las siguientes dieciséis demarcaciones territoriales: Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza y Xochimilco; lo anterior, conforme a los dispuesto en su propia Constitución y de acuerdo con lo estipulado en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México.

Las demarcaciones son el espacio territorial y de organización político administrativa de la Ciudad de México y su Gobierno está a cargo de las alcaldías integradas por una alcaldesa o un alcalde y su concejo.

Es así que la definición de demarcación territorial, es un concepto diferente al de alcaldía, ya que ésta última es definida como el órgano político administrativo de cada demarcación territorial de la Ciudad de México.

La creación de las alcaldías implica que las decisiones de gobierno estarán a cargo del alcalde o alcaldesa y de un concejo, y no de un único servidor público, como era el caso de la figura jurídica de jefe delegacional.

En síntesis, las demarcaciones territoriales son el espacio territorial y de organización político-administrativa de Ciudad de México y las alcaldías son el órgano colegiado de gobierno de estas demarcaciones.

Flor de loto: “No debemos confundir los términos demarcación (ámbito territorial) y alcaldía (órgano de gobierno)”


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